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2009-03-31 11:46
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Subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para 2009

Convocatoria, para el año 2009, de ayudas en forma de subvenciones a los Centros Vascos, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak en las condiciones reguladas en el Decreto 50/2008, de 18 de marzo.

A continuación se presenta el detallado de la convocatoria para Centros Vascos, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak en su ejercicio 2009. Estas ayudas serán calificadas de minimis, puesto que ninguna ayuda total concedida a una persona jurídica o física determinada puede superar los 200.000 euros, durante un periodo de tres ejercicios fiscales.

Ámbito temporal de las actuaciones subvencionables
Los programas y actividades que se acojan a la presente convocatoria habrán de materializarse durante el ejercicio 2009, debiendo estar culminados en todo caso a 31 de diciembre.

Gastos y actuaciones subvencionables
1.– Gastos corrientes y organización de actividades.
Capítulo IV: serán subvencionables los gastos de funcionamiento, así como la realización de programas anuales o actividades concretas sin ánimo de lucro en los siguientes ámbitos de actuación:
– Juventud.
– Mujer.
– Imagen exterior y comunicación.
– Recuperación de la memoria histórica.
Salvo para las Federaciones, los gastos subvencionables de funcionamiento y mantenimiento de los Centros (costes salariales de personal, seguridad social, viáticos, agua, luz, calefacción, impuestos, seguros, alquileres y otros análogos) no podrán ser superiores a los gastos en actividades, y tienen el límite del 50% de la subvención concedida.

2.- Gastos de infraestructura y equipamiento. Capítulo VII: serán subvencionables los gastos de infraestructura y equipamiento de los Centros, priorizando los relativos a:
– Arreglo de desperfectos producidos por catástrofes.
– Eliminación de barreras arquitectónicas.
– Nueva construcción de sedes de centros vascos.
– Adecuación de espacios para jóvenes.
– Introducción de tecnologías para el desarrollo de actividades de jóvenes y mujeres.

3.– El importe mínimo de las subvenciones concedidas
por Capítulo será de 300 euros. En el caso de que de la aplicación de la fórmula dispuesta para la determinación
de importe resulte una cantidad inferior, no se concederá ayuda.

Recursos económicos
El importe global de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 2009, asciende a la cantidad de un millón quinientos veintiséis mil setecientos cinco (1.526.705) euros, distribuyéndose del modo siguiente:
Para Capítulo IV: 1.097.310 euros.
Para Capítulo VII: 429.395 euros.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes para acogerse a las ayudas que se convocan, se formularán en el modelo normalizado que figura como anexo I y que está también a disposición de los interesados y en la página web www.euskadi.net. Las solicitudes se dirigirán y remitirán a la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, Secretaría General de Acción Exterior, c/ Navarra, número 2, 01007 Vitoria-Gasteiz. También podrán presentarse en las demás formas indicadas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 5 de mayo de 2009.

Criterios de valoración y selección
La Comisión de Evaluación, prevista en el artículo 11 del Decreto 50/2008, de 18 de marzo, en el ejercicio de su tarea de valoración y selección, tendrá en consideración los siguientes criterios:

A) Para gastos corrientes y organización de actividades (Capítulo IV):
1) Potenciación de las relaciones sociales, económicas y culturales con el País Vasco y con las Colectividades Vascas en el exterior, de acuerdo con el Plan Cuatrienal aprobado por el Consejo Asesor (hasta 30 puntos):
a) Relaciones con Centros Vascos del entorno - máx. 10 puntos.
b) Relaciones con el País Vasco - máx. 10 puntos.
c) Relaciones con centros vascos de otros países - máx. 10 puntos.

2) Importancia para la consolidación y/o crecimiento, favoreciendo su cohesión interna (hasta 35 puntos):
a) Elaboración y aprobación por la entidad de un Plan Cuatrienal 2008-2011- máx. 20 puntos.
b) Número de socios: 1 punto por cada 100 socios - máx. 5 puntos.
c) Nivel de actividad programada, en función del número e importancia de las actividades presentadas - máx. 10 puntos.

3) Trayectoria de actividades de la entidad solicitante (hasta 25 puntos):
a) Trascendencia o proyección exterior de la actividad: medios de comunicación, público al que llegan, etc. - máx. 10 puntos.
b) Adecuación de las infraestructuras (sede, web, etc.) para acometer las actividades - máx. 5 puntos.
c) Curva de actividad de los últimos años - máx. 10 puntos.

4) Perspectiva de género en los programas, actividades o acciones a desarrollar (hasta 10 puntos):
a) Participación de las mujeres en las Juntas Directivas en condiciones de igualdad - máx. 5 puntos.
b) Acciones de discriminación positiva - máx. 5 puntos.

B) Para gastos de infraestructura y equipamiento (Capítulo VII):
1) Importancia para la consolidación y/o crecimiento (hasta 30 puntos):
a) Elaboración y aprobación por la entidad de un Plan Cuatrienal 2008-2011- máx. 10 puntos.
b) Número de socios: 1 punto por cada 100 socios - máx. 5 puntos.

c) Actividades y difusión cultural - máx. 5 puntos.
d) Importancia del área geográfica de influencia: pueblo, ciudad, región, país - máx. 5 puntos.
e) Arreglos urgentes y proyectos de obras o equipamientos en marcha - máx. 5 puntos.

2) Viabilidad del proyecto presentado (hasta 35 puntos):
a) Trayectoria económica en equipamientos y obras, teniendo en cuenta la justificación de expedientes anteriores - máx. 10 puntos.
b) Recursos propios - máx. 15 puntos, asignados a uno de los siguientes epígrafes (los porcentajes se redondearán al entero más próximo):
– Aportación de 0-25% - entre 0 y 3 puntos.
– Aportación de 26-50% - entre 4 y 7 puntos.
– Aportación de 51-75% - entre 8 y 11 puntos.
– Aportación de 76-100% - entre 12 y 15 puntos.
c) Tipo de sede: en propiedad (10 puntos) o en alquiler (5 puntos).

3) Grado de necesidad y adecuación del proyecto (hasta 35 puntos):
a) Grado de necesidad de la obra o equipamiento - máx. 20 puntos.
b) Grado de adecuación del presupuesto para cubrir esa necesidad, valorando el equilibrio del presupuesto respecto a la importancia relativa del centro - máx. 15 puntos.

Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación prevista en el artículo 11 del Decreto 50/2008, de 18 de marzo, estará conformada
por los siguientes miembros:
– D. Iñaki Aguirre Arizmendi, Secretario General de Acción Exterior, Presidente de la Comisión.
– D. Josu Legarreta Bilbao, Director de Relaciones con las Colectividades Vascas, vocal.
– D. Andoni Martín Arce, de la Secretaría General de Acción Exterior, vocal.
– Dña. Leire Idirin Requeta, de la Secretaría General de la Presidencia, vocal.
– Dña. María Isabel Etxabarria Pérez, de la Secretaría General de Acción Exterior, Secretaria de la Comisión.

Justificación de la subvención
Al objeto de facilitar la presentación de la justificación documental de los gastos ocasionados por la ejecución de la actividad subvencionada y evitar en lo posible la petición de aclaraciones que pudieran demorar la materialización del último pago de la subvención concedida, se incorpora, en el anexo II, un modelo de hoja informativa para la inclusión de la relación de las facturas y comprobantes de gasto aportados, debidamente numerados, identificados y clasificados.

Ver la resolución publicada en el BOPV y formulario.


Calificar:
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